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LEY DEL ESCRITOR HECHA POR ESCRITOR PENSANDO EN LOS ESCRITORES


En la edición número 3 de nuestra Revista impresa, publicamos este artículpo del escritor uruguayo Enrique Gonzáles Arias.
Una excelente iniciativa que presenta un prototipo de Ley del Escritor, un tema polémico y controversial que que pone en el ojo de la tormenta a los escritores contemporáneos.  

Defender nuestro trabajo y la necesidad de una LEY que nos ampare y por la incapacidad de los gobernantes de generar esta, la escribo para que sirva a alguno o tome aunque sea, la idea.
Es una idea desprolija y desordenada, es mi idea, tampoco la ordenaré, que la hagan aquellos que entiendan nuestra necesidad.
Podemos escribir sueños para el mundo.
Podemos hacer que el mundo en nuestras letras sueñe.
Generamos fuente de trabajo para diversas personas  y a nosotros no se nos considera trabajadores.
Al escribir usamos materiales, en mi caso, cuadernos papeles, lapiceros, lápiz, marcadores y luego el computador y de ahí la impresión en papel para corregir y volver a corregir. Todo esto lo pago de mi bolsillo o sea que pago todos los impuestos y a cada obrero que trabajó para fabricar cada uno de los elementos que uso y por ello se jubila, tiene sus servicio de seguridad social, su servicio fúnebre por derechos adquiridos y leyes que se le concede.
El editor se jubila de empresario, el que lo lleva al papel se jubila como tipógrafo o de las industrias gráficas, el librero se jubila como empresario y los que venden los libros, los empleados se jubilan como vendedores. 
Todos se jubilan y tienen su seguridad social mientras los ESCRITORES, no.
Los que generamos tantas fuentes de trabajo no tenemos una ley que permita jubilarnos, tener una atención médica y un servicio fúnebre pagado para cuando partamos y que por el contrario, nuestros deudos queden con la carga de gastos que ello implica.
De todo carecemos los escritores, pero al morir sus obras se venden, los editores, los libros y los gráficos tienen trabajo gracias a ese escritor que genero con su obra esa FUENTE de trabajo para todos y él se murió sin Seguridad Social.
Después de lo anterior creo que es necesario y urgente forjar una ley que nos ampare y tenga una posición jurídica de nosotros, un frente inmerso en la sociedad donde vivimos
Ser escritor significa nuestro medio de vida, es dedicarnos al arte y oficio de escribir ya sea poesías, novelas, dramas, narrativas, ensayos. (excluyo aquí concretamente a los autores de tesis o de libros de aulas, los de matemática hasta historia, las ciencias, y todos los de educación porque entiendo que ellos son profesores en sus áreas y al escribir amalgaman parte de su profesión con los privilegios de las leyes existentes que nosotros no contamos aún y pretendo sea un puntapié inicial para que otros mas versados en leyes tomen esto y sirva en bien común de los escritores).
Al cabo de una publicación debe ser registrado como escritor, con los datos a nivel nacional e internacional. Este registro debe tener un carácter obligatorio. El lugar físico debe ser de manera intransferible (porque es parte del patrimonio cultural de la nación y del continente) dentro del ministerio de cultura y el de Relaciones Exteriores por la necesidad de conexión internacional.
Luego de editado y hecho el registro de sus derechos de autor en la Biblioteca Nacional de cada país de origen y hecho los depósitos legales en las bibliotecas correspondientes, el escritor deberá recibir un certificado de que este deposito de realizó, con sello y fecha del lugar del depósito, así como de quienes lo recibieron, además del l otorgamiento de la obra ya
considerada como suya y hecha libro.
Cada escritor deberá aportar a una caja de jubilación de manera mensual.
Las opciones que se me ocurre son:
Primero en caso de contrato con la editorial, que la editorial en cuestión aporte a la caja jubilatoria como un obrero al escritor un porcentaje del valor de la ganancia.
Otra es que cuando el escritor es independiente aporte el valor de dos libros de su producción (precio que establecerá cuando lo registre) en una caja, de esta manera se financiara esa jubilación que debe ser razonable.
Todas las instituciones culturales como asociaciones, colectivos y gremios de escritores que hagan eventos con escritores o usen algunas de las siguientes palabras en su convocatoria: Encuentro de cultura Internacional o Nacional de Poetas, Escritores y Artistas, las palabras que se generan para suplir a estas, deberán aportar por cada escritor que esté en el evento. El valor del aporte será un libro de cada uno y un canon de 5% de la cuota de ingreso o inscripción o del precio de entrada. El valor mayor es el que se tomará y deberá extender una declaración jurada a la entidad bancaria y del departamento de Cultura asignado a tal efecto sobre el evento; la cual será fiscalizada por una comisión especial nombrada con responsabilidad jurídica de “apropiación indebida en reiteración” el número será el que surja de los escritores que se encuentren en el evento. La evasión de esta parte debe ser considerada GRAVÍSIMA.
 Ya que son quienes deben aportar por un trabajo de los obreros.

También los editores en el mismo caso lo harán con el precio de sus ganancias del valor del precio de venta del libro al público deberá aportar un 9% sobre el total de la edición (por ejemplo edita un tiraje de mil, el aporte será sobre mil).
El inconveniente es que al principio, los escritores de años de labor no tienen el dinero de aportaciones quizás, puede que no llegue a jubilarse; pero recibirá una pensión de un quinto de lo que podría recibir si hubiera aportado, sin embargo serviremos de base para que los mas jóvenes tengan mañana esa posibilidad.
La caja en cuestión tendrá solo el dinero, al menos dos años sin mas que recaudar y sin suministrar pensión alguna. Deberá tener cuentas a la vista de cada uno de los aportantes y deberá generar intereses como un banco. Este banco debe ser del Estado y bajo ningún concepto privado ya que lo que prima del objetivo de esta ley es lo social.
Se administrará con contabilidades a la vista mes a mes y a cada uno de los socios beneficiarios.
El banco tendrá la potestad de usar ese dinero en calidad de préstamos dentro de la misma sociedad de escritores con al SEGURIDAD del reintegro y la ganancia social que ese préstamo genere. Un porcentaje es para el banco y otro se reparte en partes iguales con los socios.
Con el dinero se responderá a una seguridad social que llene las necesidades de un obrero retirado de su función y de un operario activo. Esto quiere decir que se aportará a un centro de salud donde podrá atenderse el socio (solamente no familia) este centro cubrirá todas las áreas de medicina humana existentes.
Del aporte:
40% para la cuota social directa.
10% para el banco.
50% la salud, servicio fúnebre.
Cuando el socio tenga más de cuatro años se establecerá un valor fijo numérico y no de porcentaje de la cuota para la salud.
En un primer momento puede ser que  el Estado destine un dinero de base para asegurar la existencia de la cuenta en el Banco del Estado donde la GARANTÍA es el estado sobre ese dinero e incrementada por las cuotas de los escritores aportantes, irá solventándose la deuda con el estado.
La retroalimentación de ese dinero es en base al préstamo social.
Al fallecer el socio cesan sus derechos y se le entregará el valor de lo aportado como cuota social al beneficiado testado en la ficha inscrita por el socio sin mas reclamo.
Se le descontará un 10% por gastos.
Creo que esto es una forma de generar una Caja o Cooperativa de Jubilaciones para Escritores y que no tengamos que mendigar al gobierno de turno una pensión de gracia o si tiene amigos en el parlamento de turno y esperar que voten a favor de ese pedido, mientras que los escritores se están muriendo.

                                                                        Escribe: Enrique Gonzáles Arias. Escritor. Uruguay.
                                                          (Publicado originalmente en su libro: Mirando Un Día el Día a Día)
                                                                                          


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